El arte y el poder del manejo de los sistemas o soportes informáticos, dejan un sin fin de posibilidades y avances tecnológicos a merced del ámbito jurídico...
El trabajo que se presenta a continuación contiene la información referente a la Informática Jurídica que es aquella ciencia que estudia la utilización de aparatos electrónicos, como la computadora, en el derecho, cuya finalidad es almacenar, ordenar, procesar y entregar aquellos datos jurídicos necesarios para documentar o proponer soluciones a aquellos problemas que se presenten, se realiza mediante el estudio del tratamiento automatizado de las fuentes de conocimiento jurídico y los medios instrumentales con que se gestiona el derecho. La informática jurídica se divide en tres áreas: Informática Jurídica Documental, Informática Jurídica Decisional, Informática Jurídica de Gestión.
El área de informática jurídica documental anteriormente mencionada se refiere a la automatización del conocimiento jurídico emanado de fuentes legislativas, jurisprudenciales y doctrinales.
En la presente investigación también hacemos referencia a las Bases de Datos Jurídicos y sus tipos, los cuales son: Bases de Datos Legislativas, Bases de Datos Doctrinales, Bases de Datos Jurisprudencial.
Informática Jurídica Podríamos definir a la Informática Jurídica como la ciencia del tratamiento racional y automático de la información de contenido jurídico. Esta definición, aunque es algo concreta, servirá a nuestro propósito de explicar cada uno de los conceptos principales que comprende.
En primer lugar, cabe resaltar el concepto de TRATAMIENTO RACIONAL, porque con él se ponen de relieve los aspectos de análisis, organización y clasificación, como condiciones necesarias para la adecuada transformación y traslado de la información jurídica desde sus fuentes o soportes tradicionales (códigos, sentencias, expedientes judiciales, actas, citaciones), hasta los formatos adecuados y previos al tratamiento informático.
En caso contrario, aun cuando se haga uso de computadoras, si no se realizan aquellas tareas previas de racionalización, análisis y clasificación, deberá entenderse como que no hay tratamiento racional y, por lo mismo, allí no estará presente la informática (9), ni mucho menos la Informática Jurídica. Luego viene el otro concepto: TRATAMIENTO AUTOMÁTICO, el cual ya supone la instancia instrumental, el uso de las máquinas computadoras. Una vez que ya se ha analizado el contenido de la información a tratarse y se la ha 'racionalizado" vienen a establecerse los algoritmos o "programas", los mismos que desarrollarán -en forma automática- las diversas tareas de procesamiento o tratamiento (automático) de la información.
El tercer concepto que comprende la definición que exponemos, se refiere al CONTENIDO JURÍDICO, lo cual es obvio; pero, si solamente ésta fuese la nota distintiva (como parece que viene ocurriendo), mal podría aspirar a llamarse "Informática Jurídica" la nueva aplicación de paquetes o programas de Informática de uso general, para el procesamiento de referencias documentarias o bibliográficas de carácter jurídico, tales como leyes, sentencias o doctrina, si es que no se tiene en cuenta que las computadoras sólo constituyen máquinas procesadoras u ordenadoras de símbolos (10). No son máquinas semánticas, como veremos más adelante al tratar de los métodos empleados por los analistas de información jurídica.
Al poner de relieve el carácter de "contenido jurídico" lo hacemos para precisar un aspecto especial, diferente y que se refiere al proceso, elaboración o transformación del contenido jurídico, normal, cotidiano (que reposa en los libros de leyes, sentencias y doctrina) a un contenido jurídico normalizado, clasificado, que sea apto al tratamiento automático.
Origen y evolución
La informática constituye un fenómeno-ciencia, que ha logrado penetrar en todos los ámbitos o áreas del conocimiento humano; y siendo el Derecho una ciencia, por cuanto constituye un área del saber humano, se refleja en un conjunto de conocimientos, pues, no cae en la excepción de ser tratada por la Informática, dando lugar en términos instrumentales a la informática jurídica, que es una ciencia que forma parte de la Informática, que al ser aplicada sobre el derecho, busca el tratamiento lógico y automático de la información legal.En primer lugar, debemos precisar el proceso de desarrollo conceptual de esta nueva disciplina jurídica, a partir del aporte de Lee Loevinger quien, en 1949, realizó la primera aproximación científica del derecho y la computación, bajo el nombre de "JURIMETRIA" y con la cual propuso la necesidad de utilizar los métodos de la ciencia en el campo del derecho y también aplicar la nueva técnica de la automatización y tratamiento electrónico de datos en el quehacer jurídico, bajo un criterio cuantitativo, de orientación conductista o Behaviorista.
Esta fue la primera respuesta jurídica dada hacia la CIBERNETICA, que en 1948 ingresó como un nuevo paradigma en la cultura contemporánea, como fruto del gran aporte de Norbert Wiener referido al estudio de los mecanismos de control y regulación mecánicos, electrónicos, humanos y sociales.
La informática jurídica ha sufrido una serie de variaciones a lo largo de la evolución de la propia Informática, pero su nacimiento es demarcado en el año 1959 en los Estados Unidos. Tuvo su comienzo cuando en la década de los 50 se desarrollaron las primeras investigaciones para buscar la recuperación de documentos jurídicos en forma automatizada. De esta manera, se comienzan a utilizar las computadoras u ordenadores, ya no para trabajos matemáticos, sino también para los lingüísticos. Fue en la Universidad de Pittsburg, Pennsylvania, a través del Health Law Center, donde el director llamado John Horty concibió la idea de crear un mecanismo a través del cual se pudiera tener acceso a la información legal de manera automatizada.
Para el año 1959, el mencionado centro de la Universidad de Pennsylvania colocó los ordenamientos jurídicos de Pennsylvania en cintas magnéticas. Este fue el Estado donde nace la recopilación legal informática, que fue demostrada al año siguiente, es decir, en 1960, ante la Asociación Americana de Abogados, en su reunión anual en la Capital de los Estados Unidos, Washington, D.C.. A raíz de esta gran inventiva, la Corporación de Sistemas Aspen rediseñó el mencionado sistema legal automatizado, y posteriormente lo explotó comercialmente. Fue de esta forma, como la automatización de los ordenamientos legales de ese país fueron tomando cabida. En 1966, doce Estados de Estados Unidos tenían este sistema, y para 1968, cincuenta Estados de ese mismo país lo acogieron.
Posteriormente, en 1963, Paul Houffman propuso el término LAWTOMATION (de LAW y AUTOMATION) en un artículo aparecido en MULL (Modern Uses of Logic in Law), para designar las tareas de simplificación, racionalización y unificación de textos jurídicos, que facilitasen la memorización y repetición de los mismos. Trató de acuñar una palabra para designar uno de los usos de la computadora en el derecho; La automatización jurídica. (3).Hacia finales de la década de los 60, se comienza a relacionar más estrechamente la cibernética y el derecho y de aquí proviene el término IUS-CIBERNETICA, creado por Mario G. Losano, quien trató de evocar no tanto la idea de cuantificación de los fenómenos jurídicos (como lo había propuesto Loevinger), sino más bien la idea de comprenderlos bajo una nueva perspectiva filosófica.
Al mismo tiempo, también en Europa, se vino afirmando otra expresión:"INFORMATICAJURIDICA", derivada de la palabra "Informatique" (acuñada en Francianpor Philipe Dreyfus para designar el concepto de Información Automática), junto con la correspondiente adjetivación "Juridique", con lo cual se designó a la nueva disciplina que se ocupa de la Información Jurídica Automática. Informática Jurídica Documental
La informática jurídica documental consiste en el empleo de los llamados sistemas de información y documentación jurídica. Estos, a su vez, se integran por la legislación, la doctrina y la jurisprudencia. Y son el fundamento principal de los bancos de datos jurídicos. Utilizando la denominación "informática jurídica de ayuda a la decisión", Miguel López - Muñiz Goñi, señala que la importancia de la informática jurídica documental se basa en el principio de que el ordenador facilite la información adecuada al jurista para ayudarle a adoptar una determinada decisión. Supone el tratamiento y recuperación de información jurídica por medio de los ordenadores, y en los tres tradicionales campos de legislación, jurisprudencia y bibliografía.
La existencia de tales sistemas se justifica por el gran volumen de documentos e informaciones jurídicas, lo que ya hace varios años el eminente jurista Eduardo Nova Monreal llamaba "la maraña legislativa". Los sistemas informático - jurídicos son de gran ayuda para el manejo de tal cantidad de información. Asimismo, esos sistemas de información y documentación jurídica, resultan muy eficaces auxiliando a los operadores del derecho, los cuales pueden dedicarse a tareas de análisis de los casos jurídicos concretos con la confianza de no tener que recurrir a sesiones interminables de consulta documental directa a las leyes y jurisprudencia que les consumía horas de trabajo.
En resumen para que los operadores del derecho puedan conocer y absorber las grandes cantidades de información y documentación jurídica, es necesario que dispongan de instrumentos capaces de almacenarla sin el peligro de que se olvide o se confunda por las cantidades que se usen. Comúnmente podemos encontrar esos sistemas en forma de CD - ROM, y en la llamada on line, es decir, en línea, que funciona generalmente utilizando mecanismos de búsqueda (links) a través de palabras claves.
BASES DE DATOS JURIDICAS
Es aquel conjunto de documentos jurídicos básicos (Legislación, jurisprudencia y doctrina), almacenados en soportes informáticos o de cualquier otro material, y susceptibles de ser tratados, recuperados y transmitidos de forma total o parcial mediante procedimientos y medios informáticos.
Las bases de datos jurídicas intentan compendiar la normativa que emana las distintas administraciones. Son un instrumento de búsqueda que facilita el acceso a la información.
El estudio de los distintos textos jurídicos precisa que existe una relación entre los mismos que actualizan, complementan, reforman y amplían cada norma. Las bases de datos nos permiten navegar desde una norma hasta otras a las que afecta o que le afectan, consultar la jurisprudencia asociada etc. Muchas bases ofrecen los textos consolidados, refundiendo las reformas jurídicas en un único documento.
Ø Bases de Datos Legislativas Es aquella que se basa en la sistematización de la fuente escrita del derecho más importante, por cuanto es la norma misma, es decir, la Ley. Ofrece disposiciones de todos los ámbitos normativos la versión original y la vigente de las normas y todas sus versiones, además de enlaces a las normas que han modificado cada disposición y a las que han sido modificadas por ella.
Ø Bases de Datos Doctrinal Lo que se conoce como doctrina, ha sido objeto de sistematización, sin desconocer que la opinión de los tratadistas no resulta vinculante para los Tribunales, pero es innegable la influencia trascendental que tales opiniones merecen.
Ø Bases de Datos Jurisprudencial En la que se refleja el criterio de nuestro máximo Tribunal (TSJ), para así poder aplicar la norma a la solución de los conflictos sometidos a su resolución. Contiene resoluciones de todos los Tribunales y un análisis de cada una de ellas.
Importancia de las Bases de Datos Jurídicas
Cada día se han vuelto de mayor importancia las bases de datos sistematizadas. Recordemos que a lo largo de las diferentes fases de la historia de la humanidad, nos hemos visto siempre en necesidad de guardar, conservar, archivar cifras, nombres, mapas, planos, estadísticas y todo tipo de datos curiosos y siempre útiles para las ciencias y otras actividades del hombre. La historia misma requiere de auto-conservarse en algún tipo de registro.
Partimos, en el principio, confiando en la memoria misma del hombre, pasando por inscripciones en las paredes, grandes bibliotecas, hemerotecas, fototecas, más recientemente videotecas y, hoy por hoy, hemos llegado a los registros magnéticos. A las bases de datos computarizadas que nos permiten conservar en espacios, ridículamente pequeños, cantidades de información que en una biblioteca ocuparía un número inmenso de anaqueles y todas las paredes.
La Ciencia del Derecho es una de las que más requiere del archivo. En todos los sistemas jurídicos se genera gran cantidad de datos que requieren de ser conservados de manera que permitan su recuperación inmediata y eficaz de un momento a otro. Quizá sea esta la más importante justificación para la creación de bases de datos jurídicos.
En particular en nuestro sistema judicial de derecho escrito, la cantidad de palabras que se tienen que almacenar a lo largo de los años, rebasa la capacidad del mejor bibliotecario. Hasta hoy, no existe un sistema eficiente de archivo, dentro del sistema de justicia venezolana, que permita el registro y catálogo de información generada del cuerpo legislativo y de aplicación de justicia, para ser usado después para fines más útiles. Poco a poco, la inercia natural del avance de la Informática sobre todas las áreas del conocer y la práctica le ha permitido filtrarse al ámbito jurídico. Lo podemos notar en el uso generalizado de computadoras en los juzgados, aún cuando sólo se les explote en cuanto a procesadores de texto.
Las bases de datos jurídicos intentan compendiar la normativa que emana de las distintas administraciones, siendo un instrumento de búsqueda que facilitan el acceso a la información. El estudio de los distintos textos jurídicos precisan que exista una relación entre los mismos que actualizan, complementan, reforman y amplían cada norma. Las bases de datos nos permiten «navegar» desde una norma hasta otras a las que afecta o que le afecten, consultar la jurisprudencia asociada, entre otros.
La mayoría de las bases de datos ofrecen textos consolidados, refundiendo las reformas jurídicas en un único documento. No son pasos cortos, ni menospreciables, pero si desorganizados y azarosos. Los anacrónicos sistemas, que coexisten con los avanzados sistemas de cómputo, son insuficientes para el manejo eficaz de la información. Se hace patente, pues, la urgencia de modernizar todo el aparato público dedicado al archivo y difusión de información jurídica, de manera ordenada, para que tenga mayor circulación y esté más al alcance del ciudadano. Para ello será indispensable la sistematización de archivos y procedimientos judiciales
Conclusión
Luego de haber analizado este trabajo investigativo podemos concluir que la Informática Jurídica es de gran relevancia para gestionar la actividad jurídica ya que los aparatos electrónicos, como la computadora son de gran ayuda para el desarrollo del derecho, en vista a que es mediante estos que podemos llevar a cabo cualquier tipo de trabajo virtual, en otras palabras, es ver el aspecto instrumental dado a raíz de la informática en el derecho. Es importante recordar, que la Informática jurídica constituye el marco mediato entre la relación Derecho e Informática, y que la misma forma parte de la cibernética como ciencia general, que al mezclarse posibilitan un mejor desarrollo y tratamiento de la comunicación de las mismas.